
Reglamento de Socios de la Coordinadora del Cortometraje Español
Tipos de socios
Se podrán asociar a la Coordinadora tanto personas físicas mayores de edad como las personas jurídicas (empresas, organismos, etc) que lo deseen. Las primeras tendrán la categoría de Socios Ordinarios y las segundas de Socios Protectores.
Derechos de los asociados
Los Socios Ordinarios tendrán derecho a participar en las asambleas con voz y voto y podrán formar parte de los órganos de gobierno, así como de cualquier grupo o área de trabajo.
Los Socios Protectores tendrán derecho a participar en las Asambleas con voz, pero sin voto, no podrán formar parte de los órganos de gobierno, pero sí de cualquier grupo o área de trabajo.
Todos los socios tendrán prioridad a la hora de participar en la actividades organizadas por la Coordinadora.
Todos los socios podrán acceder como usuarios registrados a determinados contenidos exclusivos en la web de la Coordinadora. Recibirán newsletters, podrán descargarse material y participarán en la zona de debate.
Cuotas y validez
Se establece una cuota única para todos los socios: 20€ anuales. Existe la posibilidad de abonar una cantidad superior a la cuota única, para los Socios Protectores, no otorgando más derechos que los de representación, tal como se explica en la web. La cuota tendrá validez de un año desde el momento de efectuarse el pago.
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